Julio 10 de 2025. Según Artículo 2 de la Resolución 40396 de 2021, los "Distribuidores minoristas activos: Distribuidores Minoristas que, a la fecha de cálculo, cuentan con su respectivo código SICOM en estado activo. Es decir, aquel código que no está suspendido, derogado o bloqueado y respecto del cual se registran órdenes de pedido con despacho de combustibles en los últimos 120 días calendario”.
El Gobierno Nacional le pone la lupa a los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos que no cuenten con el Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes.
De los 2.500 agentes de distribución, ubicados en los diez departamentos foco de la estrategia para disminuir la producción de pasta de coca, 855 estaciones de servicio no han presentado el requisito. Ante esto, la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía realizará el bloqueo para el despacho de combustibles.
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, en el marco del Gobierno del Cambio, ha emitido las resoluciones correspondientes mediante las cuales, en ejercicio de sus facultades legales, establece que a partir del 1 de julio de 2025, el volumen máximo de combustible con beneficios tributarios asignado por estación será de ciento cuarenta mil (140.000) galones mensuales.
Cabe destacar que el volumen total asignado a cada municipio, registrado en el sistema SICOM, no ha sido modificado. Se reitera que cada municipio mantiene el volumen históricamente asignado.
Apreciados
Se adjunta Comunicado Para: Alcaldes, Gobernadores, Fuerza Pública, empresas del sector minero y comunidad en general de la Región del Catatumbo
Dirección de Hidrocarburos - Ministerio de Minas y Energía
Apreciado Usuario
A continuación se adjunta el listado de Consumidores Finales y Grandes Consumidores
Descargar Listado Comercializador Industrial Aquí
Descargar Listado Grandes Consumidores Aquí
Dirección de Hidrocarburos - Ministerio de Minas y Energía