Estimados Agentes de la Cadena
La Dirección de Hidrocarburos da a conocer, que nos encontramos trabajando en la gestión para el cierre de los trámites solicitados que cursan en nuestra dependencia.
Para conocer detalle por favor ingresar al siguiente enlace ¡AQUÍ!
Para conocer el comunicado oficial y todos los detalles, por favor, consulte la información completa en el siguiente enlace:
¡DESCARGUE AQUÍ! - Circular 40017
COMUNICADO INFORMATIVO
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 1073 de 2015, recuerda que los distribuidores mayoristas de quemadores industriales, conforme a las autorizaciones emitidas por esta Dirección, únicamente están habilitados para almacenar, manejar y distribuir productos destinados al uso en quemadores industriales. Las autorizaciones expedidas se restringen a los siguientes productos:
1. Crudos con gravedad inferior a 14° API
2. Mezclas que no sean crudo con gravedad superior a 14° API
3. Sentinas
4. IFOS
5. Aceites residuales
6. Combustóleo
Por tanto, no se encuentran facultados para la compra ni comercialización de diésel bajo ninguna modalidad.
Estimados(as) agentes de la cadena de Gas Combustible Vehicular (GNCV): El Ministerio de Minas y Energía (MME) informa que, como parte de las nuevas mejoras de seguridad en la plataforma SICOM-GNCV, a partir de la próxima actualización todas las contraseñas expirarán automáticamente cada 90 días para usuarios de estaciones de servicio, talleres, comercializadores y demás agentes.
Julio 10 de 2025. Según Artículo 2 de la Resolución 40396 de 2021, los "Distribuidores minoristas activos: Distribuidores Minoristas que, a la fecha de cálculo, cuentan con su respectivo código SICOM en estado activo. Es decir, aquel código que no está suspendido, derogado o bloqueado y respecto del cual se registran órdenes de pedido con despacho de combustibles en los últimos 120 días calendario”.