Documento Solicitud de Información Comercializadores Industriales
Con el propósito de actualizar la información de todos los Puntos de Entrega autorizados a los Comercializadores Industriales para el suministro de combustibles registrados en la plataforma SICOM, se presenta un formulario web para su diligenciamiento obligatorio por parte de los Comercializadores Industriales.
Enlace de acceso al formulario: https://forms.cloud.microsoft/r/LsvugSP3pN
La información solicitada debe ser entregada de manera oportuna, completa y veraz dentro de los siguientes treinta (30) días calendario a partir del 09 de junio de 2026, so pena de que la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía proceda de oficio con la suspensión temporal del código SICOM del Comercializador industrial. Lo anterior en estricto cumplimiento de la Resolución No. 31100 del 16 de marzo de 2020 del Ministerio de Minas y Energía, conforme al artículo 4, Registro de agentes de la cadena de distribución de combustibles en el SICOM, en su parágrafo 7, el cual establece:
g) En caso de ser requerido, no lograr acreditar la ubicación exacta con respecto a la información remitida en cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 1073 de 2015, o en aquella norma que lo sustituya, modifique o derogue, para cada agente de la cadena.
h) No atender los requisitos de información establecidos en el Decreto 1073 de 2015, o la información solicitada por la Dirección de Hidrocarburos, allegada mediante oficio o correo electrónico al respectivo agente, de manera completa, veraz y oportuna".
Cordialmente
Dirección de Hidrocarburos









