Conforme al presente oficio se les otorga un plazo de cuatro (4) meses calendario contados a partir de la fecha de recepción del mismo para que actualicen la información sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 2.2.1.1.2.2.3.93 del Decreto 1073 de 2015 so pena de proceder a inactivar dicho código.
Por lo tanto, se les solicita revisar el cumplimiento de los requisitos descritos en el oficio y si es el caso de estar incumpliendo alguno o algunos de ellos realizar la respectiva gestión para ponerse al día dentro del plazo estipulado.









