banner noticias
Por: Super User
Martes, 03 Febrero 2026 14:28

Instrucción de obligatorio cumplimiento: Aplicación inmediata de reducción de precios

La Dirección de hidrocarburos, en ejercicio de sus competencias legales y en especial de las facultades conferidas por el Decreto 1073 de 2015, se permite informar a todos los agentes de la cadena de distribución que, con el fin de garantizar la transparencia y el beneficio al consumidor final, se imparte la siguiente orden de OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO:

1. APLICACIÓN INMEDIATA DE LA REDUCCIÓN

De conformidad con la estructura de precios máximos oficiales vigentes a partir del 1 de febrero de 2026, todas las Estaciones de Servicio (EDS) del territorio nacional deberán reflejar de forma inmediata una reducción de $500 por galón en el precio de la Gasolina Motor Corriente.

Esta actualización debe verse reflejada, sin excepción, en los siguientes puntos de contacto y control:

  • ⁠  ⁠Tableros de precios visibles al público.
  • ⁠  ⁠Surtidores (dispensadores) de combustible.
  • ⁠  ⁠Facturación electrónica emitida al usuario.
  • ⁠  ⁠Sistemas internos de inventario y ventas.

2.⁠ ⁠VIGILANCIA Y CONTROL

Se recuerda a los distribuidores minoristas que el incumplimiento de esta instrucción dará lugar a las sanciones administrativas y legales correspondientes. Las autoridades locales y los organismos de control realizarán visitas de inspección para verificar que el alivio financiero decretado por el Gobierno Nacional sea trasladado efectivamente al consumidor.

El Ministerio de Minas y Energía continuará monitoreando el comportamiento de los precios a través de la plataforma SICOM para asegurar la estabilidad y legalidad en la prestación del servicio.

Dirección de Hidrocarburos Ministerio de Minas y Energía de Colombia
 
Vínculos de Interés
Consulta de precios de venta al público de CLDP por período
Consulta de estadísticas a través del tiempo
Consulta de la Estructura de Precios de Referencia por Dpto y municipio
Consulta Vehículos GNCV
Consulta GLP
Consulta los próximos eventos de nuestra dependencia
banner inferior banner inferior
Ministerio de Minas y Energía
Sede Principal: Calle 43 No. 57 - 31 CAN. Bogotá D.C. Colombia
Teléfono Conmutador: (601) 220 0300
Línea Gratuita: 01-8000-910-180
Línea Anticorrupción : 01-800-951-0718
Correo Institucional: menergia@minenergia.gov.co
Correo Notificaciones Judiciales: notijudiciales@minenergia.gov.co
SICOM Y SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GUIAS DIGITALES (SIGDI)
Línea SICOM Bogotá
(601) 3240100

WhatsApp SICOM
(323) 2641681

Línea SICOM Nacional
01-8000-967-080

Horario de Atención
Lunes a Domingo 24 horas